Farmacia Comunitaria

Definición y funciones

El Grado en Farmacia posibilita la incorporación al mercado laboral en un amplio número de salidas profesionales, siendo la más habitual la desarrollada en la  farmacia comunitaria. En la actualidad trabajan en las farmacias comunitarias españolas más de 53.000 farmacéuticos , como titulares, copropietarios, adjuntos, regentes y sustitutos, siendo, por tanto, la práctica profesional en la que ejercen un mayor número de farmacéuticos.

La Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de servicios de las Oficinas de Farmacia, establece que las oficinas de farmacia son establecimientos sanitarios privados de interés público , sujetos a la planificación sanitaria que establezcan las Comunidades Autónomas, en las que el farmacéutico titular-propietario de las mismas, asistido, en su caso, de ayudantes o auxiliares, deberá prestar los siguientes servicios básicos a la población:

  • La adquisición, custodia, conservación y dispensación de los medicamentos y productos sanitarios.
  • La vigilancia, control y custodia de las recetas médicas dispensadas.
  • La garantía de la atención farmacéutica, en su zona farmacéutica, a los núcleos de población en los que no existan oficinas de farmacia.
  • La elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales, en los casos y según los procedimientos y controles establecidos.
  • La información y el seguimiento de los tratamientos farmacológicos a los pacientes.
  • La colaboración en el control del uso individualizado de los medicamentos, a fin de detectar las reacciones adversas que puedan producirse y notificarlas a los organismos responsables de la farmacovigilancia.
  • La colaboración en los programas que promuevan las administraciones sanitarias sobre garantía de calidad de la asistencia farmacéutica y de la atención sanitaria en general, promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad y educación sanitaria.
  • La colaboración con la Administración sanitaria en la formación e información dirigidas al resto de profesionales sanitarios y usuarios sobre el uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
  • La actuación coordinada con las estructuras asistenciales de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas.
  • La colaboración en la docencia para la obtención del título de Licenciado en Farmacia, de acuerdo con lo previsto en las Directivas Comunitarias, y en la normativa estatal y de las Universidades por las que se establecen los correspondientes planes de estudio en cada una de ellas.

La Ley 29/2006 de 27 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios viene a refrendar el actual modelo de farmacia, y así en el capítulo IV define las oficinas de farmacia como “establecimientos sanitarios privados de interés público” . Además, incorpora el concepto de Atención Farmacéutica en su articulado, reconociendo así la labor del farmacéutico como agente de salud.

Las diferentes leyes autonómicas de ordenación farmacéutica establecen también las funciones de las farmacias comunitarias, incorporando nuevas actividades y potenciando las labores de Atención Farmacéutica.

Ordenación Farmacéutica y del Medicamento

El modelo español de ordenación farmacéutica, establecido por los legisladores, permite que el 99% de la población española disponga de farmacia comunitaria en el propio municipio, garantizando así el acceso, así, en condiciones de igualdad, al mismo medicamento con el mismo precio a lo largo de toda la geografía española. Este hecho, sin duda, ha contribuido a que la Organización Mundial de la Salud considere al Sistema Sanitario español el séptimo mejor del mundo, muy por encima de otros modelos liberalizados.

Tanto la Ley General de Sanidad como la Ley del Medicamento hacen referencia a la necesidad de establecer criterios de ordenación farmacéutica para garantizar la adecuada asistencia a la población.

Titularidad

En España, el titular de la  farmacia comunitaria ha de ser obligatoriamente un farmacéutico, solo o asociado con otros farmacéuticos , y cada farmacéutico sólo puede ser propietario de una  farmacia comunitaria. Se trata de un mecanismo que garantiza la independencia en las actuaciones de los farmacéuticos, al no estar condicionados por otros intereses que los estrictamente sanitarios. Además, evita conflictos de intereses con otros profesionales sanitarios prescriptores o con laboratorios farmacéuticos. Asegura también que los ciudadanos reciban asesoramientos independientes.

Planificación farmacéutica

En cuanto a la planificación de oficinas de farmacia, el artículo 2.2 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, sobre Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia, afirma que éstos se establecerán de acuerdo con criterios demográficos y geográficos. Dichos criterios persiguen una regulación de las farmacias comunitarias en beneficio de la sociedad y, por tanto, de los pacientes, y no de los profesionales.

Para garantizar una perfecta distribución y un fácil acceso de los pacientes, las más de 22.000 farmacias comunitarias forman una red de establecimientos perfectamente repartidos por todo el territorio nacional. En base a los criterios de planificación de la Ley estatal 16/1997 citada, desde la década de los noventa, las diferentes Comunidades Autónomas que componen el territorio español han establecido en su ámbito territorial, los criterios de planificación de farmacias, en función de módulos geográficos, poblacionales y distancias, teniendo en cuenta las características propias de cada territorio.

De esta manera, se ha logrado una distribución homogénea de farmacias, situándose la ratio media de habitantes por farmacia entre las más bajas de Europa (2.128 habitantes/farmacia a 31 de diciembre de 2.019), lo que permite que el 99% de la población disponga de una farmacia en su población de residencia, ya sea de tipo rural, urbano, semiurbano o turístico. Esta circunstancia hace que en muchas poblaciones el farmacéutico sea el único profesional sanitario presente.

Los criterios españoles de planificación farmacéutica permiten que todos los ciudadanos puedan acceder al Medicamento en condiciones de igualdad efectiva y, por tanto, sin discriminaciones y con la misma calidad de servicio y suministro, en todo el Estado. Todos los ciudadanos pueden escoger libremente la  farmacia comunitaria.

El medicamento

Con el fin de garantizar el correcto servicio a los pacientes y consumidores, la ordenación de los medicamentos se establece como una necesidad sanitaria. Estos criterios se han recogido en las leyes estatales y autonómicas promulgadas en España desde 1985, en materia sanitaria y del medicamento, así como en las disposiciones que se han venido aprobando en desarrollo de las indicadas leyes.

Recomendaciones internacionales

La ordenación de los medicamentos es una necesidad sanitaria, en defensa del servicio a los pacientes y a los consumidores. Así lo han considerado las principales organizaciones internacionales en materia de salud, pues en sus recomendaciones oficiales y directivas han avanzado al recomendar una mayor y más completa garantía sanitaria de los medicamentos.

Prestación farmacéutica y Sistema Nacional de Salud

Las funciones sanitarias que sustenta el modelo de Farmacia español se centran en la adquisición, custodia, conservación y dispensación de los medicamentos, productos sanitarios y de parafarmacia, pero, además, incluyen un amplio abanico de actividades enfocadas a promocionar y proteger la salud, prevenir las enfermedades y desarrollar funciones de educación sanitaria. Los conciertos de prestación farmacéutica que los Colegios de Farmacéuticos suscriben con las correspondientes autoridades sanitarias, autonómicas, establecen el marco de colaboración de las farmacias en la dispensación de medicamentos y productos sanitarios a los beneficiarios del Sistema Nacional de Salud y, cada vez más, potencian el papel del farmacéutico al incorporar otro tipo de actividades sanitarias dirigidas a la población.

Estructura de servicios profesionales

Consecuentes con su responsabilidad de servicio al Sistema Nacional de Salud y a los propios usuarios, los farmacéuticos tienen desarrollada, a través de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos, una estructura de servicios profesionales de apoyo, puesta en marcha a expensas de su propia retribución. Todas estas actividades se vienen realizando con el único objetivo de dar un buen servicio sanitario.

Dispensación de medicamentos y productos sanitarios

Para ejercer su principal actividad en la dispensación de medicamentos, la  farmacia comunitaria precisa una infraestructura imprescindible que garantice tanto el desarrollo de la actividad profesional como la obtención de los recursos financieros suficientes para afrontar los gastos corrientes derivados del funcionamiento y la adquisición y posterior mantenimiento de las inversiones necesarias. No debemos olvidar los servicios profesionales, así como los turnos de guardia asumidos por las  farmacias comunitarias, sin coste alguno para el sistema sanitario.

Indicación Farmacéutica

El farmacéutico también puede abordar problemas de salud menores, con el objetivo de resolverlos, bien con la indicación de un tratamiento farmacológico que no requiere prescripción médica, de un tratamiento no farmacológico o con medidas higiénico – dietéticas, entre otros. El farmacéutico comunitario también derivará al médico de Atención Primaria u otro profesional sanitario, en caso de encontrar criterios de derivación. Por todo esto, la farmacia comunitaria en este punto, resulta clave en dos direcciones, descongestionando al Sistema Nacional de Salud, abordando sintomatología menor, pero también derivando los casos que lo requieren.

Sistema de facturación de recetas

Se trata de un servicio soportado por la Profesión Farmacéutica , a través de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Este sistema de facturación garantiza un control sanitario y económico permanente sobre el consumo de medicamentos, permitiendo conocer, con total exactitud, el gasto en medicamentos dispensados al Sistema Nacional de Salud. Además, a los diez días de cerrarse cada facturación mensual, permite:

  • Realizar un seguimiento permanente del farmacéutico, del médico que receta el medicamento y del paciente que lo consume.
  • Conocer puntualmente la dispensación mensual de las oficinas de farmacia, el volumen de prescripciones de cada médico, la estructura de ventas de cada laboratorio y las ventas de los medicamentos al Sistema Nacional de Salud, entre otros.
  • Elaborar estudios de epidemiología esenciales para concretar políticas sanitarias.
  • Proporcionar trasparencia fiscal y económica.
  • Seguir el fraude al Sistema

Información sobre el medicamento

La Profesión Farmacéutica , a través de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos y el Consejo General, soporta una serie de inversiones para poner a disposición de los profesionales una variedad de fuentes de información sobre el medicamento. La Base de Datos Bot PLUS 2.0 permite disponer de una información uniforme sobre los medicamentos y productos de salud comercializados en España. Asimismo, www.portalfarma.com, el portal de la Organización Farmacéutica Colegial, constituye una referencia en Internet de información sobre la Farmacia y el medicamento.

Campañas sanitarias

Los farmacéuticos participan activamente en las iniciativas de promoción de la salud y educación sanitaria puestas en marcha por el Consejo General y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Así, en la última década, el Consejo General ha organizado más de un centenar de campañas sanitarias.

Prácticas tuteladas

La Farmacia Española viene colaborando en la impartición de la asignatura con mayor número de créditos de los estudios de Farmacia: las prácticas tuteladas. De los 2.800 alumnos que concluyen anualmente sus estudios de Farmacia, alrededor de 2.300 realizan estas prácticas de hasta 6 meses de duración en las Farmacias Comunitarias. Para ello, los farmacéuticos facilitan a la Universidad –sin coste alguno– local, recursos materiales, personal titulado, experiencia, horas de aprendizaje.

Distribución farmacéutica de medicamentos

La propiedad farmacéutica de las entidades de distribución redunda en beneficio de la Sanidad del país y del ciudadano. Se garantiza que el medicamento llegue hasta el último rincón de la geografía, adecuadamente conservado y en igualdad de condiciones: el mismo medicamento, el mismo precio, en las mismas condiciones de conservación y al mismo tiempo que en una gran ciudad.

Plan Nacional de Formación Continuada

En 2020 se alcanzaron las 100.000 inscripciones en los cursos del Plan Nacional de Formación Continuada promovidos por el Consejo General desde el año 1995. A estos cursos hay que sumar los organizados por los Colegios Oficiales de Farmacéuticos.

Atención Farmacéutica y Servicios Profesionales Farmacéuticos Asistenciales (SPFA)

Durante los últimos años la farmacia asistencial española ha evolucionado en su acercamiento al paciente, implicándose activamente en los servicios que presta. La Organización Farmacéutica Colegial ha venido desarrollando estrategias que permitan la implantación de un nuevo modelo de ejercicio profesional, basado en un mayor compromiso y cooperación multidisciplinar, en beneficio del paciente:

En definitiva, la Organización Profesional Farmacéutica en el ámbito de la actuación profesional de carácter asistencial, apuesta por la implantación de la Atención Farmacéutica y los SPFA como el conjunto de las actuaciones asistenciales del farmacéutico en su ejercicio como profesional sanitario.

Gestión y recogida de residuos farmacéuticos

Prácticamente todas las farmacias españolas participan en el Sistema de Gestión y Recogida de Envases de Medicamentos (SIGRE) con el objetivo de preservar el medio ambiente.

Plataforma de Información sobre el suministro de medicamentos (CISMED)

La Organización Farmacéutica Colegial cuenta con un sistema de información que permite detectar y conocer las causas, ante un posible suministro irregular o desabastecimiento de medicamentos.

Asistencia farmacéutica. Modelo de Farmacia Español

Desde hace tiempo, especialmente durante los últimos 15 años, la Farmacia española ha venido trabajando para conseguir un modelo de Farmacia Comunitaria que permita el mantenimiento de un servicio acorde con el resto de prestaciones llevadas a cabo por el Sistema Nacional de Salud.

Los datos que a continuación se exponen reflejan la realidad de la  Farmacia Comunitaria española:

  • La Farmacia española, respecto a los países de nuestro entorno, es la más próxima y accesible al ciudadano. El 99% de la población dispone de farmacia comunitaria en su propio municipio.
  • Aproximadamente 1 de cada 4 farmacias comunitarias están ubicados en el medio rural y, concretamente, 3 de cada 4 farmacias rurales, en municipios de menos de 5.000 habitantes.
  • España es uno de los países europeos que más farmacias tiene por habitante. Precisamente, este promedio se sitúa actualmente en un nivel crítico, que, de disminuir, incidiría notablemente en la calidad del servicio. En España el número de habitantes por farmacia comunitaria se sitúa en  torno a los 2.200, frente a países como Dinamarca con más de 11.000 habitantes por farmacia comunitaria.
  • Los datos procedentes de Farmaindustria, la OCDE y la Agrupación Farmacéutica de la Unión Europea reflejan que España, respecto a los países que integran la Unión Europea, cuenta con:
    • El precio medio de los medicamentos más bajo, sin tener en cuenta a Francia.
    • Las ventas medias por farmacia comunitaria es una de las más bajas de Europa.
  • Cada día están de servicio de guardia en España, durante las 24 horas, un número de farmacias suficiente para atender las urgencias de toda la población española.
  • El actual ordenamiento farmacéutico permite que el medicamento llegue en condiciones de igualdad al ciudadano del medio urbano y del pueblo más recóndito de la geografía española.
  • El gasto en medicamentos permite que enfermedades que antes eran de tratamiento hospitalario hoy lo sean de ambulatorio, con la consiguiente amortización de camas hospitalarias.
  • La Farmacia es uno de los servicios mejor valorados por la sociedad. Las reclamaciones sobre la Farmacia que se reciben en las organizaciones de consumidores representan sólo el 0,27%, mientras que otros servicios llegan al 14%.
  • Cada año las farmacias ofrecen 182 millones de consejos sanitarios ajenos a la dispensación. Así, uno de cada 3 españoles que entra en una farmacia no adquirió un medicamento y recibió a cambio un consejo sanitario.
  • El valor de los actos equivalentes , medida del ahorro producido al Sistema Sanitario, alcanza un nivel anual que supera los 1.700 millones de euros.

Declaración de Córdoba

La Profesión Farmacéutica presentó en el XIX Congreso Nacional Farmacéutico la “Declaración de Córdoba”, que supone un compromiso de la Farmacia Comunitaria para mejorar la atención a los pacientes, apostando por la profesionalidad, la práctica asistencial, y el trabajo colaborativo con otros profesionales sanitarios.

Dicha Declaración de Córdoba es un llamamiento de la profesión farmacéutica hacia una Farmacia que evoluciona adecuándose a las nuevas necesidades sociosanitarias de los pacientes y de los sistemas sanitarios.

Notas de prensa